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MARINA BEACH

Una actividad musical regulada en La Marina

El objetivo es adaptar el marco normativo a las previsiones del Plan Especial de la Marina Real
REDACCIÓN 2016-09-27

Con motivo de la Orden de Cese de la Actividad Musical en el exterior del establecimiento Marina Beach, desde esta Asociación se manifiesta y apoyan las siguientes medidas, en orden a adaptar el marco normativo de las relaciones con los Concesionarios a las previsiones del Plan Especial de la Marina Real con el cumplimiento de la legalidad en materia de emisiones, y garantizar la viabilidad de las Actividades con Ambientación Musical de este espacio singular, sin vecindario inmediato y de imprescindible reclamo turístico para nuestra Comunidad:


       A.- Apoyar una Declaración de Interés General de la Marina Valencia como Proyecto de Infraestructura de Especial Relevancia al amparo de la Disposición Adicional Sexta de la Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, y DA Segunda de la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de la Generalitat, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental, con las consecuencias que ello implica.


    B.- Adoptar las medidas de Autocontrol necesarias y convenientes, para poder minimizar cualquier impacto de nuestras actividades que aun respetando la legislación sectorial vigente, pueda contribuir al mejor funcionamiento de la Marina en todos los sentidos (emisiones musicales, limpieza, vigilancia conductas no deseadas etc), colaborando de forma activa y responsable en la elaboración del Estudio Acústico que se va a promover por el Consorcio.


  C.-  Establecer dentro del perímetro de la Marina Real y en su caso zonas limítrofes sensibles, puntos de medición para los niveles de recepción que se establezcan como máximos, a fin de garantizar que efectivamente, ninguna actividad del interior o exterior de la Marina o residente en el exterior, pueda verse realmente afectado.
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